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Cambios en el reglamento de FCEA

De acuerdo a lo resuelto por el Consejo de Facultad, corresponde informar sobre algunas de las razones y objetivos, así como las principales implicancias, de la resolución.

Uso eficiente de los recursos

El principal objetivo de esta medida es avanzar hacia un uso más eficiente de los recursos de Facultad.

Por un lado se apunta a reducir la relación entre la cantidad de estudiantes que se inscriben a un curso reglamentado y los que efectivamente lo cursan, con el objetivo de reducir el número de recursos que se disponen pero no son utilizados. Estos recursos van desde el número de salones y docentes que se destinan a los cursos y a las revisiones, hasta las hojas de prueba que se imprimen para las revisiones.

Con esta medida no se busca que el 100% de los inscriptos realice el curso, ya que puede haber imponderables o diferentes situaciones que lleven a un estudiante a no dar la primera revisión, pero sí se busca reducir el número de quienes que se inscriben “por las dudas” y que luego deciden no cursar sin darse de baja en la instancia prevista a tales efectos.

A pesar de que la masividad en cierto modo invisibiliza los costos que tiene implícitos cada inscripción, los mismos existen. Debido a dicha masividad el costo unitario de una inscripción es muy reducido, pero en el agregado pasa a ser un costo importante. Si se logra reducir significativamente el ratio entre los estudiantes que se inscriben a un curso reglamentado y los que efectivamente lo cursan, entonces se podrá disponer de dichos recursos para ofrecer más y mejores cursos.

Inscripción responsable

La Facultad apuesta a que los estudiantes realicen una inscripción responsable, internalizando en cierta medida el costo de “inscribirse por las dudas”.

La Universidad de la República es gratuita y de libre acceso. La sociedad destina recursos para que nos formemos con calidad. Es nuestra responsabilidad utilizar dichos recursos buscando un equilibrio razonable entre eficiencia y libre uso de los mismos.

El número de veces que un estudiante puede borrarse de un mismo curso reglamentado es ilimitado. No obstante se apuesta a que los estudiantes mediten ya a la hora de la inscripción qué cursos desea realizar, sin esperar al período de borrado. Este debería utilizarse para aquellos casos en los que el estudiante realmente tiene dudas o no sabe si puede cursar porque tiene algún resultado de examen pendiente. Si se logra una inscripción responsable, se podrá definir con mayor eficiencia el número de salones y docentes que se destinan para el comienzo de cursos.

Período para desistir

Se apuesta a que los estudiantes se inscriban a los cursos que realmente tienen pensado cursar. Esta decisión no es sencilla, y puede implicar algunas semanas de prueba para verificar el verdadero interés y disponibilidad para hacerlo en ese período. Por esa razón existe un período para desistir, en el cual todo estudiante puede borrarse de un curso reglamentado. Dicho período estará ubicado aproximadamente en la cuarta semana de clases y será ampliamente difundido. Este tiempo es suficiente para resolver definitivamente qué se piensa cursar en dicho semestre, ya publicados todos los resultados de exámenes con antelación.

Examen y cursado libre

La nueva reglamentación no limita la posibilidad de cursar y dar los exámenes de forma libre. Las clases de Facultad, a excepción de algunas UC que tienen modalidades específicas de cursado, no cuentan con control de asistencia y son de libre participación. Esto posibilita que cualquier estudiante -esté inscripto o no al curso- pueda asistir a clase, participar de la plataforma EVA, intercambiar información con los docentes, etc. A su vez, el límite de cursado no inhabilita a rendir el examen las veces que se quiera, a los estudiantes que cumplan con los requisitos previos. De esta forma un estudiante que haya sido alcanzado por el límite de cursado podrá asistir a clases y dar el examen, ya que el único derecho que habrá perdido es el de volver a dar las revisiones.

Licenciatura en Estadística

La Licenciatura en Estadística tiene algunas características diferentes al resto de las carreras de Facultad, en parte por ser un programa compartido con dos facultades más. Un aspecto fundamental que hace diferente la situación de la Licenciatura en Estadística es que en la mayoría de sus asignaturas, además de existir control de asistencia, es necesario ganar el derecho a examen obteniendo un puntaje mínimo en el curso. Considerando estas particularidades se entendió que la medida del límite de cursado no debía aplicarse a dicha licenciatura.

No es retroactivo

La presente medida no es retroactiva a ningún efecto. Los cursos reglamentados que hayan sido realizados con anterioridad a la nueva reglamentación no limitarán las posibilidades de cursar de forma reglamentada en el futuro. La cuenta para el límite de cursado comienza con los cursos del año lectivo 2017.

EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y DE ADMINISTRACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2016, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:

54.

El Consejo de Facultad resuelve:

a. Todo estudiante puede inscribirse a un curso reglamentado como máximo 2 (dos) veces.

b. En caso de que el estudiante desista del curso en el período establecido a dichos efectos, no contará para el límite de cursado siempre y cuando no se trate de un curso o modalidad de cursado con cupo para el cual haya sido sorteado.

c. Luego de transcurridos tres años de la última vez que un estudiante se inscribió a un curso reglamentado los registros anteriores dejen de contar a los efectos del límite de cursado para dicho curso.

d. La limitación de veces que puede inscribirse un estudiante a un curso reglamentado se aplicará a partir del año lectivo 2017.

e. Esta limitación en el cursado no será retroactiva. Esto implica que comenzara a contar los cursos a partir del 2017.

f. Que estar inhabilitado a realizar el curso de una UC no implica estar inhabilitado a rendir el examen de dicha UC, siempre que la reglamentación del curso así lo permita.

g. No aplicar este mecanismo a los estudiantes de la Licenciatura en Estadística

h. Encomendar a la Comisión de Cursado con el Apoyo de Asistencia Académica, el seguimiento y la evaluación de este mecanismo así como el diseño de cursado para la mejora de las condiciones de aprendizaje.

i.Encomendar a Decanato y a Asistencia Académica darle la máxima difusión (7 en 11)

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