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Estimación del efecto del incumbente en la elección de Intendentes en Uruguay (1971-2020)  

Estimación del efecto del incumbente en la elección de Intendentes en Uruguay (1971-2020)

Rodrigo Aguirre

El estudio de la probabilidad de qué partido político y/o candidato sean reelectos, se encuentra en la intersección entre Economía y Ciencia Política, en esa tangente denominada Economía Política.

Los antecedentes referidos a cómo la sociedad toma sus decisiones agregando posiciones individuales, son lejanos y provienen de ambas orillas (Arrow, 1950; Downs, 1957; Dahl, 1971). Más recientemente y como se ilustrará, el aporte de las y los economistas a este campo ha sido crucial para aportar nuevas perspectivas y técnicas que permiten análisis más refinados.

El objetivo de la investigación fue la estimación separada e insesgada del efecto del incumbente[1] individual y partidario en la elección de intendentes en Uruguay en 1971-2020. Esto es, la ventaja o desventaja con la que cuentan candidatos y partidos en funciones al ir por la reelección. Asimismo, se exploran mecanismos explicativos y se analiza el impacto de la Reforma Constitucional de 1997[i].

A la hora de estimar, una opción sería utilizar Diseño de Regresión Discontinua (RDD), valiéndose del hecho de que la asignación al tratamiento (ganar o perder una elección por escaso margen) es cuasialeatoria en el entorno del punto de corte. El problema es que si bien esto arrojaría efectos causales, no serían los de interés, ya que incumbencia individual y partidaria estarían mutuamente “contaminadas” debido al mecanismo del Doble Voto Simultáneo (DVS).

La solución pasa por explotar la limitación legal[ii] que tienen los intendentes de no gobernar más de dos períodos consecutivos. Esto fuerza elecciones donde no puede presentarse el candidato incumbente pero si su partido político (abiertas legales). Éstas, se diferencian de las abiertas de hecho (cuando el incumbente sencillamente no se presenta) en que la decisión de no postulación es exógena, ajena a la voluntad del candidato y por ende, puede considerarse un buen tratamiento. Las abiertas de hecho pueden producirse por el “retiro estratégico” del intendente en funciones (no presentación por temor al fracaso), cuya inclusión en las estimaciones podría “inflar” los resultados. Utilizar ambas definiciones permite evaluar el sesgo por “retiro estratégico”.

Utilizando la novel técnica de Diferencias en Discontinuidad (Diff-in-disc), se define un tratamiento asociado a ser el partido incumbente (ganar en el margen: RDD) y otro asociado a la presencia de elecciones abiertas (ausencia del candidato incumbente: DiD).

De forma intuitiva, puede verse que tanto la incumbencia individual y partidaria están presentes en estos tratamientos. Para despejar estas incumbencias, es necesario resolver un sistema de dos ecuaciones que las tenga como incógnitas. Resuelto el mismo, puede aplicarse bootstrap para la estimación de los intervalos de confianza que permita evaluar su significación.

El antecedente más remoto es el trabajo de Erikson (1971) que examina la ventaja de los representantes (“diputados”) norteamericanos en funciones cuando van por la reelección. A éste le siguieron otros en países desarrollados que también reportan efectos del incumbente individual positivos. Sin embargo, muchos de ellos tienen problemas metodológicos que afectan las estimaciones (Gelman & King, 1990).

La revolución al estudio de la incumbencia viene de la mano de la “revolución de la credibilidad”[iii] con el trabajo seminal de Lee (2008). Éste aplica RDD al análisis electoral (iniciando la literatura conocida como “close elections”) y utiliza datos a nivel de partido político a diferencia de sus antecesores. De ahí en más hay una explosión de investigaciones abarcando ahora si a países en desarrollo. No obstante, sea que se tomen datos individuales o de partidos, los efectos estimados confunden ambas incumbencias.

Más recientemente, Lopes da Fonseca (2015) y De Benedetto (2019) proponen una solución al utilizar Diff-in-disc para explotar limitaciones legales similares a la uruguaya para estimar ambos efectos de forma separada.

En Uruguay, el único antecedente es el trabajo de Cardarello (2011) que a través de tasas de victoria de candidatos incumbentes de entre 30 % y 70 % en el período 1984-2005 brinda evidencia (no causal) a favor de un efecto del incumbente individual positivo.

Los resultados mediante Diff-in-disc muestran una incumbencia de candidato del 73%: el candidato incumbente tendría un 73% más probabilidad de ganar la siguiente elección departamental en relación a un desafiante en el entorno del punto de corte de ganar o perder una elección. Esto es superior a lo que sugería el único antecedente disponible, que agrupa a Uruguay junto a los países desarrollados. Además, la incumbencia de partido político es negativa, aunque no significativa en línea con la revisión de antecedentes.[iv] Al comparar las estimaciones Diff-in-disc con las RDD (también realizadas) vemos que la distancia entre las incumbencias es mayor, producto de efectivamente distinguir y separar los efectos.

Tomados en su conjunto, los resultados permitirían sostener a grosso modo, que al momento de definir su voto, el electorado se concentra más en el candidato que en su partido político. También implican que cuando se configura una elección abierta, el nuevo candidato del partido incumbente no es capaz de capitalizar plenamente el apoyo de su predecesor. En consecuencia, el partido en funciones depende del candidato incumbente para ganar las siguientes elecciones. Finalmente, esta dependencia electoral podría incidir en una débil capacidad coercitiva (respecto de objetivos, formas de proceder o llevar adelante una gestión) de parte de los partidos políticos sobre los candidatos incumbentes complejizando la relación entre electorado, partidos políticos y candidatos.

Por último, la Reforma de la Constitución parece consolidar cambios que ya se venían produciendo en el sistema político uruguayo.

En cuanto a los mecanismos para los candidatos, se analizan las rendiciones de cuentas[v] de 2010, 2015 y 2020 testeando la hipótesis de “incumbencia financiera” (Fouirnaies &  Hall, 2014) o el hecho de que los candidatos incumbentes cuenten con ingresos significativamente más altos que sus desafiantes para financiar sus campañas electorales.

Con el total de la muestra, se corrobora la hipótesis, pero si se la restringe a los candidatos “comparables”, las observaciones disminuyen y se pierde la significatividad asociada a ser incumbente. Este resultado no es concluyente, pero sustenta la intuición de que a medida que se cuente con nuevas elecciones y nuevas rendiciones, se podrá verificar la “incumbencia financiera”.

Respecto a la incumbencia nula de partido político, se sigue el razonamiento formulado por Klasnja & Titiunik (2017). Dadas las limitaciones legales que impiden a los intendentes por segundo período presentarse a la reelección, éstos podrían incurrir en prácticas cuestionables que traerían aparejado un costo político a sus partidos en las siguientes elecciones. Para testear esta hipótesis, se indagó si los resultados fiscales y la cantidad y calidad de los funcionarios públicos son significativamente diferentes en el primer y segundo período en el que gobierna un intendente utilizando la base de datos departamental Observatorio Territorio Uruguay de la OPP. El resultado no es concluyente y amerita contemplar otras variables todavía no disponibles como las “calidades” de los candidatos, como mecanismos explicativos del efecto encontrado.

 

El trabajo de investigación completo puede verse en: https://iecon.fcea.udelar.edu.uy/es/publicaciones/produccion-del-iecon/documentos-de-trabajo/item/dt-19-22.html

 

Referencias:

Cardarello, A. (2011) “La búsqueda de saberse inmortal. La reelección inmediata de los ejecutivos subnacionales” CSIC-UdelaR

De Benedetto, M. A. (2019) “Personal or partisan incumbency advantage? Evidence from an electoral reform in Italy". Working Paper. Birkbeck University of London, London, UK. (Unpublished)

Erikson, R. S. (1971) “The Advantage of Incumbency in Congressional Elections” Polity, Vol. 3, No. 3 pp. 395-405

Fouirnaies, A. &  B. Hall, A. (2014) “The Financial Incumbency Advantage: Causes and Consequences” The Journal of Politics, Vol. 76, No. 3, Pp. 711–724

Gelman, A. & King, G. (1990) “Estimating Incumbency Advantage without Bias” American Journal of Political Science, 34(4), 1142-1164

Klaˇsnja, M. & Titiunik, R. (2017) “The incumbency curse: Weak parties, term limits, and unfulfilled accountability”. American Political Science Review 111(1): 129–148.

Lee, D. (2008) “Randomized Experiments from Non-Random Selection in the U.S. House Elections”. Journal of Econometrics, 142, pp. 675-697

Lopes da Fonseca, M. (2015) “Identifying the source of incumbency advantage through an electoral reform” Center for European, Governance and Economic Development Research (CEGE)

Boreluy: Datos electorales de Uruguay 1910-2020. Paquete R versión 0.1.1 (2020). Autores: Schmidt, N., Cardarello, A. y Lujan, D. https://nicolas-schmidt.github.io/Boreluy/

 

 

[1] Persona que está en posesión de algún empleo público de relevancia (RAE). En política se refiere a quien está en el cargo y se presenta de nuevo para ser reelegido, en este caso intendente.

[i]Sus principales efectos son la separación en el tiempo de las elecciones nacionales de las departamentales y la limitación de candidaturas: los partidos políticos pueden presentar hasta tres candidatos a intendente por departamento.

[ii] Art. 266 de la Constitución uruguaya

[iii] Al respecto ver: FCEA - 22/10/2021: Premio Nobel de Economía 2021: ¿Cómo hacer creíble el estudio empírico de relaciones causales con datos no experimentales? (udelar.edu.uy)

[iv] Las estimaciones no varían al excluir algunas elecciones, considerar separadamente todo el país e Interior, e introducir controles por partido y departamento.

[v] Las rendiciones de cuentas surgen a raíz de la aprobación de la Ley N° 18485 de 2009. Las mismas deben satisfacer ciertas limitaciones a las donaciones. También establece los montos de las contribuciones por voto válido (13 unidades indexadas por sufragio al valor de la fecha de la elección en el caso de candidatos a Intendentes) que antes se establecían en leyes específicas que eran sancionadas previo a cada período electoral.

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