Cambios en el procedimiento a partir del 01/07/2021:
- En caso de enfermedad, debe dar aviso al supervisor e ingresar la solicitud de certificación médica por el MAP (Módulo de Autogestión de Personal: https://map.udelar.edu.uy), identificando cada uno de los servicios en los que trabaja.
- Paralelamente, tendrá que concurrir o solicitar a su prestador de salud la asistencia y certificación médica el “Certificado del BPS” que indica el periodo (desde – hasta) de la certificación. Es importante que conserve el certificado de BPS.
- En caso que no haya podido ingresar la solicitud en el MAP, puede solicitar la gestión por mail a la Sección Personal que corresponda, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .
- No se aceptarán las certificaciones emitidas por emergencias móviles, Hospital de Clínicas, Sanidad Militar ni Sanidad Policial. Los habilitados están comprendidos en el siguiente listado: https://www.bps.gub.uy/bps/file/15250/1/prestadores-integrales-de-salud.pdf
- No se realizarán más las visitas de médicos certificadores de parte de la UdelaR a domicilio, pero igualmente la solicitud debe realizarse a domicilio o internación. Es indispensable que se ingrese la solicitud en tiempo y forma y se le solicite al médico tratante la Boleta de Certificación del BPS, ya que internamente la mutualista enviará la información de la certificación a la UdelaR.
- La certificación de la UdelaR a través del Sistema Nacional de Certificación Laboral - BPS no supondrá afectaciones económicas para las/los funcionarias/os en sus días de certificación médica, el cobro se realiza por la UdelaR no correspondiendo cobro de seguro por enfermedad en BPS.
- IMPORTANTE: Este procedimiento será de aplicación para las certificaciones médicas únicamente. Las solicitudes de licencia maternal, lactancia, extraordinarias de carácter sociales etc., serán certificadas por la División Universitaria de la Salud con el procedimiento habitual.